La caótica realidad por la que atraviesa el sector salud en el Perú, la desmembrada existencia de sub sectores fraccionados y desvinculados, la demanda desatendida y la escasa tasa de pacientes con cobertura de atención por falta de servicios y mala calidad de los mismos, el retraso tecnológico, la falta de recursos y mala gestión en el sector público, el importante número de informales a los que se les agrupa maliciosamente con los formales operando en el sector privado y la necesidad de mayor inversión, obliga a una necesaria reforma y una importante participación reguladora del Estado en la salud.
Dentro de este criterio se habría considerado necesario, la actuación de un ente supervisor de los servicios de salud públicos y privados, capaz de garantizar el acceso, la calidad, la oportunidad y la disponibilidad de los servicios de salud, por lo que se vio conveniente y necesario, entre otras cosas, empoderar al ente supervisor con capacidades fiscalizadoras y “sancionadoras”, mismas que en nuestra realidad y en los últimos tiempos, se habrían convertido en la herramienta ejecutora del ente supervisor en búsqueda de los objetivos propuestos a través de la aplicación de multas económicas a los establecimientos de salud, capaces de llegar a 500 UITs, por infracción en cada queja o supervisión.
Es así, que la actual SUSALUD emulando a otras Superintendencias, devendría en populista para convertirse actualmente en la “Tía Brava de los pacientes” frente a los establecimientos de Salud y servicios médicos de apoyo, sin que se haya considerado técnicamente si el diagnóstico de la salud en el Perú, requiere como antídoto, vacuna o medicina para su recuperación, la aplicación de multas y sanciones pecuniarias, en la búsqueda del cumplimiento de procesos y procedimientos, que en su mayoría no se dan por falta de recursos y como reflejo de un exceso de demanda para la poca oferta existente, por falta de experticia y profesionalismo en los recursos humanos en salud, por deficiencia de equipamiento, tecnología y reconocida falta de medicamentos. En este orden de ideas, tenemos operando a una Institución fiscalizadora, que antes de evaluar las condiciones propias en las que se vienen prestando los servicios de salud y la crítica realidad de la misma, pretende exigir estándares inalcanzables, cuando no, antitécnicos para nuestra realidad, bajo causal de sanción, multa y de embargo de los recursos destinados a poder brindar los pocos servicios en las precarias condiciones con las que se brindan.
Es así como en la práctica, las mediáticamente festejadas aplicaciones de posibles sanciones a hospitales y establecimientos del MINSA y Gobiernos Regionales, no hacen sino restar recursos del presupuesto que el Estado entendió necesarios para un mínimo servicio de calidad y, que de ser embargados, no generarían más que mayores deficiencias en los servicios que pretende hacer mejores.
Similar escenario deviene de la aplicación de multas a EsSalud, expropiándose los recursos que de los propios trabajadores formales se retiene por el Estado y que se debiera destinar para cubrirlas necesarias atenciones de salud de estos mismos trabajadores, antes que a cancelar las posibles sanciones que el propio sistema operado por ese mismo Estado ahora sancionador, habrían generado.
En el sector privado, la figura es por demás más insidiosa, pues dado que los recursos son entendidos como gasto de bolsillo de los usuarios, la aplicación de las multas se hacen más ejecutables e incluso los atenuantes aplicables a las mismas se vuelven más discriminantes, como si el mercado no trasladara finalmente el valor de las multas a los propios usuarios incrementándose las tarifas por servicios de salud.
A estas alturas, vale el viejo dicho popular que mal diagnosticado, la medicina puede ser peor que la enfermedad y un sistema carente de recursos y urgido de inversiones se descapitaliza hasta hacerlo quebrar.
Vista así las cosas, el MINSA, bien debería tener claro que empoderar al ente regulador para multar y más aún, incentivar a SUSALUD en la aplicación de multas, que dicho sea de paso, nadie ha normado en qué arcas y para qué son destinadas, es una receta para una enfermedad de otro diagnóstico y que esta dolencia requiere de inversiones e inversionistas necesarios para cerrar la brecha de falta de servicios y de incentivos en la búsqueda de la calidad institucional, tales como la competencia.
De capacitación en gestión hospitalaria y de experticia técnica y calidad humana para los profesionales y agentes de la salud, en búsqueda de la mejora de los recursos humanos.
De asesoría y coaching en la estructura de procesos acordes a los requerimientos de las propia necesidades de los sectores público y privado y de una inminente política de acreditaciones no punitivas que permitan la autoevaluación y busquen la mejora continua, más que de la aplicación de multas y sanciones indiscriminadas por tipificadas infracciones, que poco o nada contribuyen a evitar futuras iguales deficiencias en los servicios de salud.
Dr. Víctor Puente-Arnao Tiravanti
Asesor Legal de la ACP
Abogado, Puente-Arnao Tiravanti Abogados