El sistema de Salud como lo conocemos es fragmentado. Existen diversos Sub-Sectores que trabajan principalmente en silos aunque existen tímidos intentos de intercambio. Cabe mencionar, que no es la única dimensión donde se aprecia la fragmentación. La referencia entre los distintos niveles de atención tampoco resulta sencilla, sea cual fuere el sub sistema al que pertenece.
Esto genera diversos Sub-Grupos dentro de los Sub-Sistemas que al estar funcionalmente aislados, pierden las eficiencias propias de la escala, trasvases de flujos y adecuada asignación de complejidad de las patologías con la resolución de las instituciones. Para ser más explícito, una enfermedad de baja complejidad como la gripe se atienda en una posta o centro médico ambulatorio y no vaya a la emergencia del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins por dar un ejemplo.
En un intento por corregir este dilema, a fines del 2018, el gobierno promulgó la Ley N°30885 que establece la conformación y el funcionamiento de las Redes Integradas de Salud (RIS). Esta ley, no solo propone la implementación de redes integradas que resolvería el dilema de la referencia, sino también propone que establecimientos de salud públicos y privados puedan conformar las RIS. Si bien en una primera etapa se considera para la conformación de las Redes a los Hospitales del MINSA y Gobiernos Regionales, el resto de Sub- Sectores podrán participar mediante el intercambio prestacional de las RIS, según lo establezca el reglamento.
En concreto, la Ley No. 30885 proponía probablemente el mecanismo más estructurado de articulación del Sector Salud y dentro de ello, estando el Sector Privado considerado explícitamente dentro de él. Ese Sector Privado formal que está dentro del marco del AUS, siguiendo todas las exigencias de la autoridad y financiadores. Ese Sector Privado aislado por los silos a un 5% del mercado de la Salud.
El 8 de Marzo de 2019, se publicó finalmente el Reglamento de la Ley No. 30885, enfatizando el Intercambio Prestacional y considerando al Sector Privado (Formal), tal como lo había propuesto la Ley como parte de él. Esta vez, la iniciativa fue menos tímida y propone el Intercambio de manera ya explícita y contundente; sin embargo, dentro del Capítulo 7, Etapas de la Conformación de las RIS, vemos que la incorporación del resto de Sub-Sectores se reserva para la Cuarta y última etapa. Se aprecia de una lectura de las anteriores, que se tiene pensando avanzar en la Definición, Conformación y Desarrollo de las RIS Públicas para luego iniciar el Intercambio.
Sin embargo, creemos que bajo el criterio de complementariedad, se podría buscar la participación al menos parcial de los Sub-Sectores previas a la Cuarta etapa de la implementación de la RIS a través del Intercambio de Prestaciones de acuerdo a Catálogo de Servicios. Acá no se está hablando de la participación en el Intercambio a través de instituciones que formen parte o el total de una red, sino del intercambio de servicios puntuales que puedan requerir las RIS del MINSA y GORE, viabilizando su implementación sin la necesidad de invertir en el 100% de los recursos que son necesarios desde el inicio o donde no sean estratégicos. Podrían ofrecerse servicios puntuales como, servicios auxiliares, laboratorio o imágenes logrando beneficios inmediatos para los pacientes.
La mejora en la oportunidad de la atención de los pacientes por la implementación de servicios que particularmente escaseen, o estén pendientes de inversión o servicios adicionales enfocados a la reducción de colas interminables o déficit en atención y/o en calidad en
algunos servicios de las distintas instituciones que se pueden suplir sin alterar los presupuestos operativos.
La reducción de brechas de servicios rompiendo las barreras de contratación entre Sub-Sectores a nivel territorial va a llevar a una mayor eficiencia en el uso de los recursos de salud al agregar la oferta de los Sub-Sectores permitiendo mayor capilaridad y vascularización entre sí. La asistencia que se puede lograr entre Sub-Sectores más allá de las RIS es importante. Anticipa las eficiencias desde la primera etapa. Las sanidades y los privados también pueden apoyar al MINSA y GORE al igual que Essalud, pero es importante enmarcarlo dentro del ámbito de las RIS.
El intercambio prestacional es una oportunidad muy grande para la formalización del sector salud y privado en particular. La participación dentro de la misma, ya sea parcial o total puede ser enmarcada dentro de políticas que estimulen garantías de oportunidad y calidad. Hay criterios como la clasificación de riesgo de Susalud, acreditaciones o garantías explicitas que podrían llevar la prestación de servicios a un siguiente nivel sin ser punitiva sino más bien estimulando las buenas prácticas a través de una demanda entendida y exigente.
Por último, la adopción temprana aunque parcial del Intercambio Prestacional va a permitir un gran aprendizaje en el sistema de salud. Los temas diversos de facturación/auditoría, uso de tramas, adopción de códigos como el CPMS o códigos de barra en medicamentos e insumos, toman meses, tal vez años en implementarse y perfeccionarse. La temprana participación abriría la oportunidad de aprendizaje y porque no sentar las bases para el intercambio entre otros los Sub-Sectores entre si y permitir la rápida adopción al llegar a la Cuarta etapa y todo podría estar bajo supervisión con instituciones como la Contraloría o Susalud.
Juan Carlos Salem
Secretario de la ACP
Gerente Corporativo de Asuntos Externos e Institucionales / Pacifico Salud